PolíticaExhortan a Congreso, Hacienda e ISSSTE a pagar prestaciones a jubilados

admin04/03/2016

3con Los integrantes de la Diputación Permanente del Congreso de Campeche aprueba un punto de acuerdo del coordinador parlamentario de Morena, Carlos Martínez Aké. CAMPECHE, Cam. 3 de marzo del 2016.- El Congreso del Estado acordó exhortar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para que cubran el pago retroactivo y de nivelación del concepto 02, Previsión Social Múltiple, y el concepto 03, Bono de Despensa de Pensiones y Jubilados federales. Este jueves, la Diputación Permanente del Congreso aprobó por unanimidad, previa dispensa de más trámites, la propuesta presentada por el coordinador parlamentario de Morena, Carlos Enrique Martínez Aké. El diputado local manifestó que durante varios años, miles de trabajadores jubilados y pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado han reclamado afanosamente las actualizaciones en el pago de algunas prestaciones que por derecho les corresponden y que hasta la fecha, se les ha negado, prestaciones de las que si gozan los trabajadores en activo sin que exista impedimento legal para que les sean otorgadas a los jubilados y pensionados del Instituto en comento. “Los jubilados y pensionados del ISSSTE han realizado múltiples peticiones, tanto al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, como a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el fin de obtener la actualización y el pago retroactivo de las diferencias que resultan de los conceptos 02 y 03 o de previsión múltiple y bono de despensa respectivamente, es pertinente ventilar que desde el 2011, la Secretaría de Hacienda autorizó incrementos en las percepciones por esos conceptos a los trabajadores activos dichos incrementos han llegado a la cantidad de 265 pesos mensuales por cada uno de dichos conceptos”, expresó. “Sin embargo, de manera por demás injusta, en el caso de los jubilados y pensionados, los montos que reciben son de solo 120 pesos como previsión social múltiple y 100 pesos como bono de despensa, lo que desnuda una actitud de ingratitud por parte de la Federación hacia quienes por años se dedicaron a servir a este país desde diversas dependencias del gobierno federal”, puntualizó. En la sesión, también fueron leídas dos iniciativas, la primera para reformar la fracción XIX bis del Artículo 54 de la Constitución Política del Estado de Campeche, y la segunda para modificar diversos numerales de la Ley para la Venta Ordenada y Consumo Responsable de Bebidas Alcohólicas del Estado. Ambas quedaron en el seno de la Diputación Permanente, para que ésta los dictamine en su oportunidad. La iniciativa para reformar la fracción XIX bis del Artículo 54 de la Constitución Política del Estado, promovida por legisladores de los grupos parlamentarios de los partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, busca actualizar las facultades del Congreso del Estado para legislar en materia de transparencia y acceso a la información pública y protección de datos personales, así como en materia de administración y organización de archivos. En tanto que la segunda iniciativa, para reformar el Artículo 78 de la Ley de Hacienda del Estado, así como para reformar el Artículo 2, el primer párrafo del Artículo 8, el inciso a) de la fracción VI, fracción X del Artículo 9, el Artículo 13, las fracciones III y IV del Artículo 15, el párrafo segundo del Artículo 29, las fracciones III y V del Artículo 42, párrafo segundo del Artículo 80, las fracciones I, III y IV del Artículo 81 y el Artículo 85, todos de la Ley para la Venta Ordenada y Consumo Responsable de Bebidas Alcohólicas del Estado, busca modificar los horarios de venta, poder renovar el arrendamiento y comodato, legalizar ambas renovaciones, y que los trámites se puedan hacer no sólo por el titular de la licencia, sino también a través de su representante legal, entre otros objetivos.

PUNTO DE ACUERDO Punto de acuerdo para exhortar a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que realicen las acciones para cubrir el pago retroactivo y de nivelación del concepto 02 denominado Previsión Social Múltiple y el concepto 03 denominado Bono de Despensa de Pensiones y Jubilados del mencionado Instituto, promovido por el diputado Carlos Enrique Martínez Aké, del grupo parlamentario del Partido Morena.

San Francisco de Campeche, Cam; a 17 de febrero de 2016.

  1. C. Diputados integrantes de la Diputación Permanente.

P r e s e n t e s. El suscrito, Carlos Enrique Martínez Aké, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Morena, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46 fracción II y 47 de la Constitución Política; así como el propio numeral 47 fracción I y 72 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, ambas del Estado de Campeche, vengo por medio del presente escrito a presentar a consideración de esta soberanía una propuesta con Punto de Acuerdo por medio del cual el Congreso del Estado de Campeche exhorta a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que con la urgencia que el caso amerita, realicen las acciones que dentro del ámbito de sus atribuciones sean pertinentes para cubrir el pago retroactivo y de nivelación del concepto 02 denominado previsión social múltiple y el concepto 03 denominado bono de despensa de pensionados y jubilados del mencionado Instituto, al tenor de la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Durante varios años, miles de trabajadores jubilados y pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado han reclamado afanosamente las actualizaciones en el pago de algunas prestaciones que por derecho les corresponden y que hasta la fecha, se les ha negado, prestaciones de las que si gozan los trabajadores en activo sin que exista impedimento legal para que les sean otorgadas a los jubilados y pensionados del Instituto en comento. Los jubilados y pensionados del ISSSTE han realizado múltiples peticiones, tanto al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, como a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el fin de obtener la actualización y el pago retroactivo de las diferencias que resultan de los conceptos 02 y 03 o de previsión múltiple y bono de despensa respectivamente, es pertinente ventilar que desde el 2011, la Secretaría de Hacienda autorizó incrementos en las percepciones por esos conceptos a los trabajadores activos dichos incrementos han llegado a la cantidad de 265 pesos mensuales por cada uno de dichos conceptos. Sin embargo, de manera por demás injusta, en el caso de los jubilados y pensionados, los montos que reciben son de solo 120 pesos como previsión social múltiple y 100 pesos como bono de despensa, lo que desnuda una actitud de ingratitud por parte de la Federación hacia quienes por años se dedicaron a servir a este país desde diversas dependencias del gobierno federal. Es pertinente dejar en claro que más allá de las implicaciones éticas y morales que debe guardar el estado en relación con quienes han laborado por décadas a su servicio, mismas que no se deben dejar de lado, también el reclamo de miles de jubilados y pensionados encuentra sustento legal en lo que consagran los artículos décimo octavo transitorio de la Ley del ISSSTE vigente en relación con el artículo 57 de la Ley del ISSSTE de 1983 y que perdió vigencia al decretarse la actual, sin embargo el referido transitorio de la ley actual enuncia el tratamiento que debe imperar en casos como el que nos ocupa. El artículo 57 de la ley del ISSSTE de 1983 establece “Los jubilados y pensionados tendrán derecho en su proporción, a las prestaciones en dinero que les sean aumentadas de manera general a los trabajadores en activo, siempre y cuando resulten compatibles con los pensionados”. A su vez, el décimo octavo transitorio de la ley en vigor “Los Jubilados, Pensionados o sus Familiares Derechohabientes que, a la entrada en vigor de esta Ley, gocen de los beneficios que les otorga la Ley que se abroga, continuarán ejerciendo sus derechos en los términos y condiciones señalados en las disposiciones vigentes al momento de su otorgamiento” Por si fuera poco, el Manual de procedimientos de pensiones directas y otras prestaciones derivadas, del 1 de noviembre de 1994 establece en su numeral 94 que “a partir del día en que el ex trabajador adquiera la calidad de pensionista directo, el Instituto se obligará a cubrirle, además de su primer pago de pensión y su pensión mensual, entre otras prestaciones”. De igual forma, el numeral 96 del referido manual señala que “los pensionistas directos disfrutaran de las prestaciones en dinero que sean conferidas de manera general a los trabajadores en activo siempre y cuando sean compatibles” En suma, lo que respecta al reclamo de miles de jubilados y pensionados, en Campeche más de nueve mil, por ejemplo, de que les sean pagados los montos retroactivos del bono de despensa y el de previsión múltiple es un tema, además de legítimo de profunda validez legal, por ello, es fundamental que este Congreso del estado de Campeche se pronuncie en favor de éstos trabajadores jubilados y pensionados del ISSSTE, para que el estado a través del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, restituya y sea generoso en su reconocimiento a quienes como hemos señalado, han dejado décadas de vida al trabajo en favor de instituciones diversas y que hoy soy vulnerados en sus derechos. Por lo expuesto y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio de este escrito y dada la naturaleza del asunto planteado al amparo de lo establecido en el artículo 74 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Campeche, someto a consideración del pleno de este Congreso el siguiente: PUNTO DE ACUERDO UNICO: el Congreso del Estado de Campeche exhorta a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, para que con la urgencia que el caso amerita, realicen las acciones que dentro del ámbito de sus atribuciones sean pertinentes para cubrir el pago retroactivo y de nivelación del concepto 02 denominado previsión social múltiple y el concepto 03 denominado bono de despensa de pensionados y jubilados del mencionado Instituto TRANSITORIOS. 1.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado ATENTAMENTE CARLOS ENRIQUE MARTINE AKE Diputado de MORENA

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