El procurador general de Justicia del Estado, Arturo José Ambrosio Herrera, descalificó los señalamientos del Observatorio de Violencia Social y de Género de Campeche (OVSGC), argumentando que las sanciones por el delito de tortura son menores a lo que se está pidiendo para los policías que asesinaron al ingeniero Abraham Canché Trejo, en Bolonchén de Rejón. El funcionario estatal, ante los cuestionamientos mediáticos del OVSGC, manifiesta que este caso no encaja en el delito de tortura, ya que solo se da, cuando se pretende sacar una declaración de la persona detenida y en este caso no fue así. Por Ronny Aguilar CAMPECHE, Cam. 4 de noviembre.- El procurador general de Justicia del Estado, Arturo José Ambrosio Herrera, descalificó los señalamientos del Observatorio de Violencia Social y de Género de Campeche (OVSGC), argumentando que las sanciones por el delito de tortura son menores a lo que se está pidiendo para los policías que asesinaron al ingeniero Abraham Canché Trejo, en Bolonchén de Rejón. El funcionario estatal, ante los cuestionamientos mediáticos del OVSGC, manifestó que este caso no encaja en el delito de tortura, ya que solo se da, cuando se pretende sacar una declaración de la persona detenida y en este caso no fue así. “La tortura son males inferidos para con efectos de obtener de una persona algo; en el caso más común, una confesión, es cuando se habla de tortura. Aquí no era para obtener absolutamente nada de ellos, fue una agresión directa que derivó en un homicidio calificado y que como tal se está juzgando”, expresó. Sin embargo y como bien lo señaló el Observatorio, conforme a lo establecido en la Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, “se entenderá como término “tortura”, todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que haya cometido, o intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infringidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia”. Ambrosio Herrera, siguiendo con la postura oficial de no reconocer el caso como tortura, justificó la acción de la Procuraduría, alegando que tal y como se está llevando el caso, se tendrá mayor sanción para los presuntos culpables, que si se califica la tortura, la pena podría ser menor. “No encuadra, si quieres lo podemos platicar con sus elementos, no encuadra la tortura, y sí dentro del homicidio y lesiones calificadas por lo cual consignamos”, indicó y descartó que se esté tratando de minimizar hechos. “Si la procuraduría intentara minimizar y consignara por tortura, revisa la Ley de Tortura y la penalidad es mucho más baja de lo que estamos pidiendo”, externó. Citó que el Código Penal de Campeche, en el Título Tercero, que enmarca Delitos contra la paz y la seguridad social; en su Capítulo IV, referente a tortura, artículo 176, indica que: “Comete el delito de tortura, el servidor público del Estado o de los municipios, que en el ejercicio de sus funciones, inflija a una persona dolores o sufrimientos o la coaccione física o moralmente, con el fin de: I. Obtener de ella, o de un tercero, información o una confesión; II. Inducirla a un comportamiento determinado; y III. Castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido. “Hubo malos tratos, hubo lesiones y agresión, pero cuando me hablas de tortura me hablas de un tipo en específico en la Ley, que no surte efecto en este caso, que esto no quiere decir que no haya una agresión ilegítima, desproporcionada y sin derecho contra las personas, no sé si con eso me puedo explicar contigo”, indicó. Asimismo, mencionó que él personalmente realizó el estudio técnico del caso y determinó lo conducente. Un día antes, de muy mala manera, el encargado de la procuración de justicia declaró que no hay ningún caso probado de tortura en este momento, que denuncias hay varias, pero que las utilizan como un artificio legal los acusados. “Solo hay un caso comprobado, fue de hace cuatro años, denuncias hay varias, no comprobadas mucho más, la gente está en la disposición y muchos utilizan defensivamente ante un juez y objetan tortura, pero no hay nada que pueda escapar de un protocolo de Estambul”, concluyó. Vale la pena recordar la demanda que existe actualmente en la Comisión Estatal y la Nacional de Derechos Humanos, en contra de la Procuraduría de Justicia, interpuesta por Jorge Amir Torres Puch, quien paso más de cinco meses hospitalizado entre el psiquiátrico y la T1 de Yucatán, debido a las lesiones de las que fue objeto en las instalaciones de la PGJE, de lo cual surgió una confesión firmada donde se culpaba de haber grafiteado el Baluarte de Santa Rosa, solo para que después de los meses de recuperación de los traumatismos, el juez determinara que no existía razón alguna para su aprehensión. En esta ocasión, la violación a los derechos del joven de 21 años fue evidente, pues un día después de su detención, fue presentado a los medios de comunicación locales y nacionales, evidenciando su rostro y culpándolo de los ilícitos.
previous
next



