JusticiaEn Campeche, hay peores cárceles que en Yucatán

Paginabierta10/06/2017

De acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria, los Centros de Reinserción Social de San Francisco Kobén y Ciudad del Carmen obtuvieron 6.61 puntos, principalmente por problemas de higiene y seguridad, y deficiencias en alimentación de los internos.

Por Daniel Sánchez

CAMPECHE, Cam. 10 de junio del 2017.- El estado de Campeche tiene peores cárceles que Yucatán, principalmente por problemas de higiene y seguridad, y deficiencias en la alimentación de los internos, según revela el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, correspondiente al año 2016.

La CNDH calificó esta vez a los Centros de Reinserción Social de San Francisco Kobén y de Ciudad del Carmen con 6.61 puntos, por debajo de los tres reclusorios de Yucatán, que alcanzaron los 6.94 puntos.

Si bien la calificación de los penales de San Francisco Kobén y de la Isla del Carmen repuntó, las condiciones regresaron a los niveles de hace cinco años, cuando la escala alcanzada fue de 6.36 puntos.

Según el documento de la Comisión Nacional, los reclusorios campechanos fueron visitados entre el ocho y el 10 de agosto del 2016, y recibieron la calificación de 6.46 el de Ciudad del Carmen y 6.77 el de San Francisco Kobén. En 2015, la calificación fue de 6.17 para el primero y 5.69 para el segundo.

El Centro de Reinserción Social de la Isla tiene capacidad para 410 internos, 382 hombres y 28 mujeres, pero sólo tenía 293 hombres y 13 mujeres en el 2016.

El penal de Kobén tiene capacidad para mil 400 internos, mil 200 hombres y 200 mujeres, pero sólo tenía mil 127 hombres y 51 mujeres al día de la inspección de la CNDH.

En Ciudad del Carmen, el organismo nacional detectó durante la supervisión que es importante prestar atención a aspectos que garantizan la integridad personal de interno, como “insuficiencia en los programas para la prevención y atención de incidentes violentos; prevención de violaciones a derechos humanos y la atención en caso de detección, e insuficiencia en los procedimientos para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos”.

También, a aspectos que garantizan una estancia digna, como “condiciones materiales e higiene de las instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad (ingreso, COC, dormitorios), y deficiencias en la alimentación, y a condiciones de gobernabilidad, como “normatividad que rige al Centro (reglamento, manuales de procedimientos y difusión de los mismos), e insuficiencia de personal de seguridad y custodia”.

En cuanto a la reinserción social del interno, se debe prestar atención a la “clasificación entre procesados y sentenciados y actividades laborales y de capacitación” y en los grupos de internos con requerimientos específicos, se requiere “atención a mujeres, atención a personas con discapacidad física y/o psicosocial; atención a personas privadas de la libertad con preferencias sexuales de la diversidad sexual población LGBTTTI, e insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y de desintoxicación voluntaria”.

En San Francisco Kobén, la CNDH recomendó en aspectos que garantizan la integridad personal del interno, prestar atención a la “insuficiencia en los programas para la prevención y atención de incidentes violentos, prevención de violaciones a derechos humanos y la atención en caso de detección e insuficiencia en los procedimientos para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos”.

Sobre los aspectos que garantizan una estancia digna, se pidió vigilar las “condiciones materiales e higiene de las instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad (ingreso y dormitorios), condiciones materiales, equipamiento e higiene de la cocina y comedores, condiciones materiales, equipamiento e higiene de los talleres y áreas deportivas, y deficiencias en la alimentación”.

Respecto a las condiciones de gobernabilidad, hay “insuficiencia de personal de seguridad y custodia; en la reinserción social del interno, hay “deficiente integración del expediente técnico-jurídico, clasificación entre procesados y sentenciados, y actividades laborales y de capacitación”.

Finalmente, en cuanto a los grupos de internos con requerimientos específicos, se necesita “atención a personas privadas de la diversidad sexual, e insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y de desintoxicación voluntaria”.

Para consultar el Diagnóstico de la CNDH:

http://cndh.org.mx/sites/all/doc/sistemas/DNSP/DNSP_2016.pdf

 

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