LocalFiscalía de “Alito” mantiene activos a policías torturadores

Paginabierta29/05/2017

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche emite 2 recomendaciones a la Fiscalía General del Estado por torturas a un par de ciudadanos y los agentes responsables tienen antecedentes por este delito.

Por Ronny Aguilar

CAMPECHE, Cam. 29 de mayo del 2017.- En lo que va del año 2017, se han emitido dos recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche (CDHEC) contra la Fiscalía General del Estado, por casos de tortura. En uno de ellos, agentes ministeriales que torturaron son reincidentes en violaciones a derechos humanos y continúan laborando.

La tortura es un problema grave en México, siendo que se considera tortura cuando una autoridad, cualquiera que esta sea, infrinja dolor o sufrimiento, así como trato denigrante a un ciudadano, y Campeche no escapa de esta situación.

La Comisión de Derechos Humanos local emitió las recomendaciones sobre los expedientes 1876/Q-187/2015 y 635/Q- 074/2015, ambos contra la Fiscalía General del Estado, cuyo titular es Juan Manuel Herrera Campos, ambos por tortura.

La recomendación 1876/Q-187/2015 fue emitida el pasado 28 de abril del 2017, los abusos fueron cometidos contra Rodney Montes de Oca Córdova, por elementos de la Policía Ministerial, destacamentados en Ciudad del Carmen.

En este link, se puede leer a detalle la narración de la violencia sufrida y la investigación de la Comisión http://codhecam.org.mx/files/resoluciones/2017/1872015.pdf

Derivado de esta investigación, la CDHEC señala: “Que existen evidencias de prueba suficiente para acreditar responsabilidad institucional, por parte de elementos de la Policía Ministerial del Estado, por la presunta violación a derechos humanos, consistente en tortura, en agravio del señor Rodney Montes de Oca Córdova”, razón por la que se solicita a la Fiscalía como primer punto, que publique de manera oficial en su sitio la acreditación de la tortura.

Asimismo, que brinde cursos y capacitación a los elementos responsable de los agravios, pero es necesario hacer énfasis en el inciso tercero de la recomendación:

“Al momento de aplicar la sanción correspondiente, se le solicita que tome en consideración que los CC. Ángel Enrique Xiu García, Mario Antonio Cornejo Moreno, Candelario Antonio Bastos Santos, Ramón Armando Rico López, Néstor René Chi Pacheco, Agentes Ministeriales Investigadores, cuentan con antecedentes que los involucran como responsables de violaciones a derechos humanos, el primero por Lesiones, Allanamiento de Morada, Tratos Indignos, Retención Ilegal, Detención Arbitraria, Falsa Acusación, Empleo Arbitrario o Abusivo de la Fuerza por parte de Autoridades (Arma de Fuego) dentro de los expedientes 115/2009, 023/2012, 129/2012 y 113/2014, solicitándose procedimientos administrativos disciplinarios, proveídos administrativos y capacitación”.

“El segundo, Detención Arbitraria, Violaciones a los Derechos del Niños, Cateos y Visitas Domiciliarias Ilegales, dentro de los expedientes 132/2009 y 151/2011, solicitando procedimientos administrativos disciplinarios; el tercero, por Detención Arbitraria y Cateos y Visitas Domiciliarias Ilegales, dentro del expediente 179/2009, solicitándose procedimiento administrativo disciplinario; y el cuarto. por Detención Arbitraria y Falsa Acusación, dentro del expediente 129/2011, solicitándose procedimiento administrativo disciplinario y capacitación”.

Es decir, estos agentes ministeriales cuentan con un expediente amplísimo de delitos y violaciones a derechos humanos, desde 2009, siendo que año con año, han sumado más casos de agravios para la ciudadanía y los responsables de la Fiscalía los han dejado seguir laborando sin problema alguno, cuando son ellos los delincuentes.

Y en el quinto punto, la recomendación enmarca “que se instruya al responsable de la integración del expediente ministerial número A.C.H. 4281/CARM/FDESPP/2015, iniciada ante la Fiscalía de Delitos Electorales, Servidores Públicos y Periodistas, por el delito de tortura en agravio del señor Rodney Montes de Oca Córdova, para que investigue, integre prontamente y determine lo que conforme a derecho proceda, tanto a los autores materiales, como a quienes ordenaron, consintieron o no evitaron la tortura, en razón de que dicho expediente se inició el día seis de julio de 2015, sin que hasta la presente fecha sea resuelto, ya que de lo contrario, se podría configurar otra violación a derechos humanos, consistente en dilación en la procuración de justicia”.

En el segundo caso de tortura, correspondiente al expediente 635/Q- 074/2015, cuya resolución se puede leer en este link http://codhecam.org.mx/files/resoluciones/2017/0742015.pdf

También se acreditó el delito de tortura y como parte de las recomendaciones, igualmente, se señaló:

“Al momento de aplicar la sanción correspondiente, se le solicita que tome en consideración que los CC. Benjamín Reyes García, Benjamín May Moo, Agentes de la Policía Ministerial y Víctor Méndez Córdova, Primer Comandante de la Policía Ministerial Investigador, cuentan con antecedentes que los involucran como responsables de violaciones a derechos humanos; el primero, por Cateos y Visitas Domiciliarias Ilegales, Retención Ilegal y Detención Arbitraria, dentro de los expedientes 005/2014 y 302/2014, solicitándose procedimiento administrativo disciplinario, proveídos administrativos y capacitación; el segundo, por Retención Ilegal, Cateos y Visitas Domiciliarias Ilegales y Lesiones, dentro de los expedientes 216/2013 y 215/2015, solicitándose procedimiento administrativo disciplinario, proveídos administrativos y capacitación; y el tercero, por Detención Arbitraria y Allanamiento de Morada, dentro del expediente 129/2012, solicitándose proveídos administrativos y capacitación”.

Al respecto solo queda acotar que estos son los elementos especializados que brindan seguridad y certidumbre jurídica a los ciudadanos campechanos, gozando de total impunidad de parte de las autoridades estatales.

 

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