En el afán de recaudar más recursos, se burocratiza el derecho de los niños a una identidad y se condiciona a la entrega de otros documentos, como el comprobante domiciliario catastral.
Por Ronny Aguilar
CAMPECHE, Cam. 26 de mayo del 2017.- En el Registro Civil del Estado de Campeche, se viola el interés superior de la niñez y el derecho humano a la identidad, al condicionar el otorgamiento de nombre al menor por documentos de otra índole, como el comprobante domiciliario catastral.
Hace semanas que hay quejas del servicio del Registro Civil, porque no se quiere asentar a los recién nacidos, sin un documento denominado “Comprobante domiciliario catastral”, que nada tiene que ver con el nombre que adquirirá el menor, ni con la legalidad del trámite, pero aun así, es un requisito indispensable para poder realizar el proceso.
Este reportero acudió a un llamado ciudadano, justamente en relación a este tema, y después de consultar al jurídico del Registro Civil acerca de esta circunstancia y en presencia de los usuarios, señaló que se trataba de un malentendido y aceptó que de ser así, se estarían violando derechos humanos plasmados en el interés superior de la niñez, así como en tratados internacionales.
Sin embargo, Adrián López Covi manifestó que desde las nueve de la mañana estaba presente en el Registro Civil del Estado y siendo la una de la tarde, no había podido registrar a su hijo, justamente porque le pedían un registro domiciliario, y que sin ese documento, no sería asentado.
“Ahora llega usted a pedir información y le dicen que no es así y resulta que siempre si ya van a asentar sin necesidad de ese requisito, no creo que es justo, porque de qué se trata”, cuestionó.
Este registro catastral aparentemente no tiene costo alguno, sin embargo, cuando se acude a sacar el documento, les piden a los ciudadanos otra serie de documentos con los que tiene que contar, tal como el recibo de número de cuenta predial y copia del documento que acredite la propiedad, y si no los tiene, hay que pagar por una copia en el caso del segundo y en el caso del primero, tenerlo al día, pero no en todos los casos, puesto que en la misma fila había a quien si se lo pidieron al día y a quien se lo aceptaron del año pasado.
Básicamente, a todo este proceso burocrático se enfrentan los padres de un menor para tener un nombre, cuando es un derecho prioritario que no debería tener complicación alguna, lamentablemente la necesidad recaudadora de la administración de Alejandro Moreno Cárdenas, los ha orillado a hacer cualquier cosa, porque entre más recursos ingresen a las arcas, habrá más para desperdiciarlos en cosas sin sentido.
Al respecto de los derechos del menor a un nombre, el artículo cuarto constitucional señala que “toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento. El Estado garantizará el cumplimiento de estos derechos. La autoridad competente expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento”.
Y el párrafo seguido relata: “En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez”.
One comment
CarLos
27/05/2017 at 2:04 pm
No es el único caso el del registro Civil, para poder inscribir a mi hijo me piden el comprobante catastral una clara violación al art. 3 constitucional, campeche el único Estado donde no se produce nada únicamente burocratas rateros con los impuestos me altos, te cobran por todo, no te dejan trabajar y si lo haces te cobran un.mundo de impuestos por eso somos el estado que tiene un decrecimiento anual.