EcologíaDetectan saqueo de material pétreo del río Usumacinta

admin23/02/2016

22usu La Profepa descubrió que un particular realizaba sus actividades sin contar con permiso o autorización ambiental. EMILIANO ZAPATA, Tab. 22 de febrero del 2016.- Sin permiso, ni autorización ambiental, un particular saqueaba material pétreo del río Usumacinta, en este municipio de la Región de Los Ríos de Tabasco. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) recibió una denuncia popular y procedió a la clausura de la extracción de 150 metros cúbicos de material pétreo en el Usumacinta, en un área de dos mil 500 metros cuadrados. La dependencia federal manifestó que durante la visita de inspección, el responsable no presentó autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para sus actividades. La Profepa informó que “derivada de una denuncia ciudadana, se llevó a cabo visita de inspección en la rivera y cauce del río Usumacinta, encontrando a un particular que realizaba actividades de extracción de material pétreo en la margen derecha del río, durante la cual se cuantificó 150 metros cúbicos de piedras extraídas provenientes del río, en una superficie de dos mil 500 metros cuadrados”. “Al solicitar al inspeccionado la autorización correspondiente que otorga la Semarnat, no fue presentada, por lo que se procedió a imponer como medidas de seguridad clausura total temporal de las actividades extractivas, y el aseguramiento precautorio de la maquinaria, consistente en dos retroexcavadoras, para evitar se continúe con el saqueo de material”, indicó. Destacó que los trabajos de extracción sin autorización no prevé medidas de control, de protección o de mitigación de los impactos provocados ya que la dimensión y duración de actividades extractivas no tiene límite. “Las actuaciones de la Procuraduría se ejecutaron con fundamento en los artículos 28 párrafo primero, fracción X de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y 5° párrafo primero, inciso R) del Reglamento de la propia LGEEPA en materia de Evaluación del Impacto Ambiental”, expuso. “Durante la clausura, se colocaron sellos plastificados, previniendo al visitado sobre las penas y sanciones a las que podría hacerse acreedor en caso de quebrantar alguno ellos, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 del Código Penal Federal”, precisó. La Profepa dio a conocer que impondrá medidas de reparación de daños ambientales ocasionados, y dará seguimiento al Procedimiento Administrativo instaurado, para establecer las sanciones correspondientes.

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