Automáticamente quedó sin efecto la solicitud de registro del convenio de la coalición “Acción y Trabajo”. El Consejo General del IEEC aprobó el dictamen y proyecto de resolución ante la solicitud de desistimiento presentada por el Partido del Trabajo para coaligarse con el Partido Acción Nacional. CAMPECHE, Cam. 3 de enero del 2015.- Automáticamente quedó sin efecto la solicitud de registro del convenio de la coalición “Acción y Trabajo”, luego de que el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Campeche (IEEC), aprobó el dictamen y proyecto de resolución ante la solicitud de desistimiento presentada por el Partido del Trabajo (PT) para coaligarse con el Partido Acción Nacional (PAN). Al llevarse a cabo la primera sesión extraordinaria del 2015 del Organismo Público Local, se aprobó también el informe anual de actividades de las Comisiones de Capacitación Electoral y Educación Cívica; de Organización Electoral; de Prerrogativas y Partidos Políticos; Revisora de Lineamientos y Reglamentos; de Quejas y Denuncias; de Vinculación y Seguimiento de Convenio con el Instituto Nacional Electoral (INE) con motivo del Proceso Electoral 2014-2015 y la Revisora de Convenios de Coalición. De igual forma, se dio lectura y aprobó el Proyecto de Acuerdo número CG/01/15 del Consejo General del IEEC, por el que se da cumplimiento a la sentencia correspondiente al expediente SUP-JDC-2804/2014, dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, referente a la inconformidad de Jorge Carlos Quijano Curi. Se determinó que en virtud de que Quijano Curi no acreditó satisfactoriamente el examen y la entrevista en materia electoral, dado que la calificación obtenida no fue suficiente para modificar la designación primigenia que hiciera el Consejo General del Órgano Electoral, ya que las notas obtenidas por quienes hoy integran los Consejos Electorales Distritales y Municipales no fueron superadas, no se da lugar a modificaciones. Asimismo, con las acciones realizadas, se dio estricto cumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por lo que ante el resolutivo correspondiente, se instruyó a la Secretaría Ejecutiva del Consejo General para que proceda a informar a dicha instancia respecto del resultado. En la sesión, se destacó también que a juicio de la Comisión Revisora, en virtud del desistimiento del PT y al no existir el interés de parte de uno de los partidos políticos de la pretendida coalición “Acción y Trabajo”, queda automáticamente sin efectos la presentación de la solicitud de registro del convenio correspondiente.
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