Síndica municipal, encargada del Despacho interpuso queja por violencia política Por Soledad Jarquín Edgar, corresponsal SemMéxico OAXACA, Oax. 19 de marzo del 2016.- A una semana de la publicación de una nota periodística considerada discriminatoria y misógina en contra de una servidora pública del Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) emitió una solicitud de colaboración a un medio impreso que se edita en esta capital. A través del oficio 1570, dirigido al Grupo Editorial Golfo Pacífico, Conapred solicitó “colaboración para que el personal del diario Noticias de Oaxaca, que así lo deseen se inscriban en el curso El ABC de la igualdad y no discriminación, que se imparte de manera virtual a través del micrositio Conectate”, de ese organismo público descentralizado de la Secretaría de Gobernación. La queja ante Conapred fue presentada, vía correo electrónico, por la Síndica municipal y encargada del Despacho de Santa Cruz Xoxocotlán, Diana Luz Vásquez Ruiz, quien fue exhibida de manera discriminatoria y misógina en una nota periodística titulada “El costo del glamour en un evento de pobreza”, que provocó una cadena de reacciones en otros medios impresos haciendo mofa de un incidente ocurrido durante un acto en el estuvieron presentes la titular de Sedatu, Rosario Robles Berlanga, y el gobernador Gabino Cué Monteagudo. Esta es la primera vez que en la entidad una funcionaria, interpone una queja ante la Conapred por violencia política de género cometida por un periodista local y que desató una polémica confrontación en redes sociales y originó nuevas ofensas a la funcionaria en otros medios de prensa, radio y televisión, quien fue calificada, entre otras cosas de “plañidera”, luego de exponer su molestia por la interpretación sexista del reportero Octavio Vélez, autor de la nota periodística. El oficio firmado por Siomara Heredia Escudero, Subdirectora de Admisibilidad, Orientación e Información de la Conapred, refiere la tarea fundamental de ese organismo, sustentado en la Constitución mexicana que protege el derecho a la no discriminación de las personas, así como los instrumentos internacionales como la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belén Do Pará). De acuerdo con Conapred la discriminación es conducta culturalmente fundada, sistemática y socialmente extendida en agravio de un grupo de personas, sobre la base de un prejuicio negativo o estigma relacionado a un atributo inherente a ellos que tiene por efecto (sea intencional o no) el detrimento de los derechos de dichas personas con pertenecer a ese colectivo. Refiere que las mujeres históricamente se encuentran en situación de vulnerabilidad y ha sido y siguen siendo un grupo discriminado por estigmas y prejuicios socialmente construidos que las desvalorizan. El organismo añade que, en el ejercicio pleno de la libertad de expresión, se hace necesario el respeto y el reconocimiento de los derechos de las mujeres y que ésta se realice con responsabilidad social sin afectar la dignidad humana, ya que la utilización de un lenguaje sexista puede constituir una forma de violencia hacia las mujeres y por tanto una forma de discriminación. Al mismo tiempo, sostiene que el ejercicio de la libertad de expresión, al ser un instrumento idóneo de los Estados Democráticos de Derecho para que “todas las personas, al ser individuos, igualmente dignos, puedan manifestar sus ideas, emociones, sentimientos, etcétera; supone el reconocimiento de la igualdad y dignidad de los seres humanos y, simultáneamente, se ofrece como un medio para que dicho reconocimiento se haga patente”. El ejercicio del derecho a la libertad de expresión debe realizarse con responsabilidad social, respetando los derechos de las demás personas y sin excesos que afecten la dignidad humana del resto de la sociedad, consideró. En ese sentido refiere que la nota periodística publicada el 12 de marzo pasado, podrían traer como consecuencia la normalización de la negación de los derechos de las mujeres, entre ellos, su derecho a la no discriminación. Para ello, Conapred asiente que la responsabilidad de todas las personas, incluyendo medios de comunicación y personas que forman parte de ese medio, deben contribuir a la eliminación de estereotipos, prejuicios y estigmas que naturalizan las preconcepciones que históricamente se han transmitido por la sociedad en agravio de la sociedad. Pide que se revisen los contenidos de las notas informativas y que se realicen con responsabilidad social, respeto y tolerancia a fin de evitar hechos que pueden ser concebidos como discriminatorios. En relación a los comentarios que se vertieron en la página web del diario sobre la nota periodística, Conapred sostiene que el derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto, pues cuenta con dos restricciones: asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás, y la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral pública.
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