Derechos HumanosJuicio de amparo contra CDHDF por violar derechos de periodista

admin26/05/2016

25per El periodista Ramón Alfonso Sallard acusa a la Comisión de negarse a investigar una denuncia de tortura, a fin de exculpar al actual jefe de Gobierno, Miguel Angel Mancera, de fabricar un delito cuando era procurador del DF. CIUDAD DE MEXICO, D.F. 25 de mayo del 2016.- La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) enfrenta por primera ocasión un juicio de amparo (31/2016) por violar los derechos humanos de un sobreviviente de tortura. Durante tres años, el organismo no sólo se negó a investigar lo ocurrido, sino que personal de esa institución falsificó hechos que constan en el expediente penal 145/11, a fin de exculpar al actual jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa, de fabricar un delito por razones y con fines políticos cuando era procurador de justicia del DF. Después de documentar lo anterior ante las instancias legales correspondientes, el denunciante Ramón Alfonso Sallard López, periodista con más de 30 años de ejercicio profesional –laboró en Proceso, La Jornada, El Universal y El Financiero, entre otros, y fue también director general de El Periódico,las cosas por su nombre—, solicitó la inhabilitación, destitución y sujeción a proceso de la presidenta de la CDHDF, Perla Gómez Gallardo, al igual que de otros funcionarios menores del organismo, por rendir informes falsos a una autoridad judicial. Simultáneamente al juicio de amparo contra la CDHDF, el afectado presentó también una denuncia de hechos por tortura y varios delitos más cometidos en su perjuicio por Mancera Espinosa y otros servidores públicos, algunos de ellos en funciones. La denuncia, que consta de 221 fojas tamaño oficio, formulada originalmente ante la oficina de la titular de la PGR el nueve de marzo de 2016, fue posteriormente ratificada en la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión, bajo expediente 16/FEADLE/2016. La demanda de amparo fue admitida y turnada al Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa del DF el 18 de enero de 2016. La Audiencia Constitucional, prevista originalmente para el 11 de abril, fue diferida para el 23 de mayo, en virtud de que la CDHDF presentó un informe falso a la autoridad judicial para justificar su ilegal proceder. La audiencia fue nuevamente diferida, ya que el periodista presentó pruebas de la falsificación de hechos, las cuales serán valoradas por el juez Fernando Silva García. Por otro lado, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) abrió también un expediente del caso, bajo número 44337/2016, el viernes 13 de mayo, cuando recibió el recurso de impugnación del quejoso, en contra del acuerdo de conclusión de la queja CDHD/IV/122CUAUH/13/D1950 dictada por la comisión del Distrito Federal. El lunes 23 de mayo, la CNDH ordenó a la CDHDF remitir el expediente completo del caso, a fin de valorar sus actuaciones y emitir la resolución correspondiente en un lapso no mayor de 60 días, contados a partir de la recepción de la documentación. La Comisión del DF tiene 15 días de plazo para enviarla. En su búsqueda por la disculpa pública, la reparación del daño y la sanción penal a los responsables de los hechos de tortura, el periodista cuenta con el apoyo y acompañamiento del Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad (CCTI), integrante del Consejo Internacional de Rehabilitación para Víctimas de Tortura (IRCT), organización con presencia en 73 países. El CCTI le ha brindado atención psicoterapéutica desde enero de 2014. Asimismo, el equipo legal de Ramón Alfonso Sallard lo encabeza el doctor en Derecho, José Óscar Valdés Ramírez, especialista en amparo con título apostillado y certificado bajo la Convención de La Haya. El periodista fue víctima de una fabricación confeccionada en las oficinas centrales de la PGJDF, lo cual quedó demostrado en juicio. La causa penal 145/11, radicada en el Juzgado 37 de lo Penal del Distrito Federal, concluyó con sentencia absolutoria a su favor el 16 de enero de 2012, resolución que quedó en firme el 27 de ese mismo mes y año, al no ser apelada por el Ministerio Público. La Casa de los Derechos de Periodistas adoptó originalmente el caso el 25 de enero de 2013, y ese mismo día inició un procedimiento de Protección Correctiva, porque “el periodista sufrió un encarcelamiento injusto de seis meses por una acusación falsa y un indebido proceso judicial en el Distrito Federal”, según consta en la solicitud de intervención girada por la asociación civil al subsecretario de gobierno capitalino, Juan José García Ochoa. Sin embargo, la vía conciliatoria se agotó de inmediato, porque el GDF rechazó emitir una disculpa pública y reparar los daños. Consecuentemente, el 21 de marzo de 2013, Sallard López presentó una queja ante la CDHDF. El escrito inicial consta de 18 fojas tamaño carta. Desde esa fecha, sin embargo, la comisión tomó la decisión política de no investigar a las autoridades capitalinas por tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes; por violación flagrante al debido proceso; y por violación a los derechos humanos a la vida, la libertad, la integridad física y psíquica y la honra, a pesar de que todos ellos están claramente detallados en el escrito inicial. La CDHDF limitó su campo de acción a un tipo de violación: “Ataques, obstaculización o injerencias arbitrarias en la libertad de expresión y de pensamiento” (Acuerdo de calificación y admisión de queja del 25/03/2013), y como presunto responsable ubicó a la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, excluyendo a todas las demás autoridades, al igual que a los servidores públicos con nombres y apellidos que aparecen en la queja. En tres años, la CDHDF solamente realizó tres gestiones ante autoridades: solicitó una copia certificada del expediente penal (junio de 2013) y envió dos oficios al subsecretario de Gobierno a fin de: 1) “conocer la participación” del GDF desde el inicio hasta el final del tiraje de El Periódico, las cosas por su nombre (22/11/2013); y 2) recordándole la primera solicitud (17/07/2014). Y eso fue todo. En el primer caso, la CDHDF, si bien recibió el expediente de la causa penal 145/11 desde el 4 de junio de 2013, fue hasta el 25 de enero de 2016 que la visitadora adjunta a cargo de la queja lo “analizó”, según reconoce el propio organismo en el oficio 4/4371-16. Es decir, la comisión se tardó 966 días en empezar a leer el citado expediente, a fin de corroborar las graves violaciones a los derechos humanos del quejoso. En cuanto a los dos únicos oficios enviados al GDF, la CDHDF simplemente se conformó con lo dicho por un director de Área –“no existe documental” alguna relacionada con El Periódico durante el periodo 2008-2011–, que envió un oficio en ese sentido al subsecretario, y éste lo remitió a la comisión el 11 de agosto de 2014. La información es falsa, pues en el escrito inicial de queja se detallan, con números y fechas de emisión, los tres contratos que la empresa editora suscribió con el GDF en 2009. La CDHDF abdicó de sus facultades legales para exigir la documentación referida. Además, tampoco notificó al quejoso de estos oficios, sino hasta dos años, un mes, tres semanas y seis días después de enviados, en el primer caso; y un año y seis meses en el segundo (la ley dice que debe informar en 15 días). La CDHDF ignoró y excluyó durante tres años todas y cada una de las pruebas que aportó el quejoso. La omisión es todavía más grave, pues tuvo conocimiento de la tortura al momento en que ocurría. Incluso, el consejero Manuel Fuentes Muñiz y una visitadora adjunta acudieron al Reclusorio Norte, donde se encontraba el periodista, en respuesta a una solicitud concreta de intervención y de adopción de medidas cautelares. El encuentro de más de dos horas ocurrió en noviembre de 2011. Sallard López estuvo preso del 19 de julio de 2011 al 16 de enero de 2012 por una acusación ministerial de fraude, sustentada en que El Periódico, las cosas por su nombre, habría sido una publicación inexistente, y toda vez que el periodista se habría desaparecido de la escena pública desde febrero de 2009, imposibilitando con ello su localización. Ambas premisas eran absolutamente falsas, como quedó probado en juicio. Por el contrario, El Periódico, las cosas por su nombre, en su etapa como semanario gratuito, fue la publicación de mayor tiraje en la historia del periodismo en México: un millón de ejemplares por edición, que se distribuyeron en el Valle de México durante el primer semestre de 2009. El accionar legal de la empresa y su tiraje quedaron también probados en juicio. Lo absurdo es que la dependencia al mando de Miguel Ángel Mancera omitió que Alejandro Encinas Rodríguez, ex jefe de Gobierno del DF, fue quien presentó públicamente a la empresa editorial. Encinas fungió, además, como presidente de su Consejo Editorial. En las páginas de la publicación colaboraron más de un centenar de periodistas, escritores, académicos, defensores de derechos humanos, políticos, activistas, líderes sociales y otros, incluidos un par de compañeros de gabinete del procurador: Axel Didricksson, secretario de Educación, y Alejandro Rojas Díaz-Durán, secretario de Turismo. La acción ministerial se originó en una falsa querella formulada por los apoderados legales de la empresa que imprimió y distribuyó El Periódico, y en la cual se realizaron diversos trabajos comerciales entre enero de 2009 y marzo de 2010. Pero estos solamente fueron instrumento del GDF, pues jamás se presentaron a juicio. La falsedad de sus imputaciones quedó plenamente demostrada con documentos fiscales y otras pruebas de valor jurídico pleno. Del escrito inicial de queja ante la CDHDF, destaca lo siguiente: Que se violó el debido proceso, pues el periodista NO se enteró que existía una indagatoria penal en su contra hasta que fue detenido e ingresado al RPVN. Que fue secuestrado al salir de su domicilio particular por personas armadas que no se identificaron, ni mostraron orden de aprehensión. Sólo dijeron que eran agentes de inteligencia bajo las órdenes directas del procurador. No existe oficio de remisión de policía ni acta circunstanciada sobre la detención. Que desde su ingreso a prisión y durante todo el tiempo que permaneció cautivo, fue objeto de tortura por parte de las autoridades carcelarias. Que hubo un intento de homicidio en su contra, del que se salvó por una situación fortuita, la cual describe. Que su familia fue obligada a pagar una extorsión mensual a la dirección del penal, pese a su franca oposición, para evitar que lo mataran. Que fue constantemente amenazado de muerte durante el tiempo que duró recluido. Que fue agredido físicamente por otros presos en dos ocasiones. Que sus abogados retuvieron una gran cantidad de documentales y no las presentaron en el plazo constitucional, bajo pretexto de que las utilizarían más adelante como “pruebas supervinientes”, cosa que nunca ocurrió. Que por petición de su entonces pareja, Laura Itzel Castillo Juárez, firmó varias hojas en blanco a los abogados, las cuales serían utilizadas en el desahogo de pruebas. Lo que hicieron con ellas, en cambio, fue amenazarlo: si se atrevía a hacer una denuncia pública que afectara a Marcelo Ebrard y Miguel Ángel Mancera, le podían atribuir cualquier cosa, pues contaban con su firma en hojas en blanco. El coordinador legal de la defensa de Sallard fue socio del despacho jurídico de Miguel Ángel Mancera durante varios años y posteriormente se desempeñó como su jefe directo en el GDF. Sólo cuando fue destituido por delitos de abogado, el 15 de noviembre de 2011, fue posible reencausar el juicio. Dos meses después, el periodista quedó en libertad y Gabriel Regino García se convirtió en promotor entusiasta de la campaña a jefe de Gobierno del DF de Miguel Ángel Mancera, como consta en diversos textos periodísticos. Contra la entonces pareja del periodista, Laura Itzel Castillo Juárez, y contra él, la PGJDF al mando de Mancera ejercitó la acción penal sin detenido, el 31 de enero de 2011. Pero el pliego de consignación fue devuelto, por no existir delito que perseguir. Ella, que ocupaba entonces el cargo de diputada federal, declaró con falsedad el 12 de octubre de 2011 en perjuicio de Sallard a cambio del documento de No ejercicio de la acción penal. Hoy es alta funcionaria en el gobierno de Mancera. La tortura tiene por objeto destruir la integridad física y psíquica de la persona y despojarla de su dignidad. Eso fue lo que se intentó con el periodista en prisión. El manual de tortura que se le aplicó, fue sistemático, riguroso y cruel. Las diversas técnicas de tortura le produjeron un profundo daño psíquico y físico. A tal punto llegó la coacción emocional, que hubo una clara inducción al suicidio, entendida ésta como una conducta dolosa cuyo propósito es implantar en otra persona la resolución de darse la muerte. La afectación fue tan severa que sus efectos continuaron después de quedar en libertad, y algunos de ellos todavía persisten. Durante largo tiempo le resultó imposible hablar de lo sucedido. Esa es la razón por la que su escrito inicial de queja ante la CDHDF (21/03/2013) está redactado en tercera persona. Pero la comisión, en lugar de buscar empatía con la víctima e incluso brindarle respaldo terapéutico, como es su obligación legal en casos de tortura, decidió no investigarla. Lo hizo a sabiendas de que la tortura se persigue de oficio y que la carga de la prueba corresponde a la autoridad.

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