Derechos HumanosDestacadosRecomendación a Comuna de Calkiní por ataque a reportero de Paginabierta.mx

admin21/04/2016

21rec La Comisión de Derechos Humanos solicita la reparación del daño y la difusión de la recomendación emitida al Ayuntamiento calkiniense, presidido por el ex morenista Emiliano Canul Aké, al acreditarse la violación a los derechos humanos de Ronny Aguilar. CAMPECHE, Cam. 21 de abril del 2016.- La Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Campeche (CDHEC) emitió una recomendación al Ayuntamiento de Calkiní, presidido por Emiliano Canul Aké, solicitando la reparación del daño y la publicación en su portal de internet el texto de la recomendación, por daños en propiedad privada al reportero del diario electrónico Paginabierta.mx. El pasado 14 de abril, la CDHEC emitió la recomendación del expediente Q-167/2015, iniciado por Ronny Dionel Aguilar Pérez, después de la agresión sufrida por el en ese momento servidor público, Jorge Tomás Huchín Gutiérrez, director de Desarrollo Social y Económico de esa Comuna, el pasado seis de noviembre de 2015. En aquél incidente, el reportero resultó con daño en su equipo de trabajo, siendo averiado un lente 18-55 de una cámara Nikon 3200, daños que la misma Comisión acredita, al verificar de forma visible, además de las fallas al momento de utilizar el equipo. De lo anterior, emanan las siguientes recomendaciones, sustentadas en tratados internacionales, la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado de Campeche: “A partir de la aceptación de la presente recomendación, como forma de revelación pública y completa de la verdad, publique en los medios de comunicación oficiales de esa Comuna, el texto íntegro de la misma, como un acto de reconocimiento de responsabilidad satisfactorio en favor de la víctima, en razón de que se acreditaron la violaciones a derechos humanos calificadas como Ataque a la Propiedad Privada. “Gire sus instrucciones a quien corresponda, a fin de que se le devuelva al C. Ronny Dionel Aguilar Pérez, la cantidad de acuerdo a las pruebas que por gastos presente, para la sustitución y/o reparación de los daños ocasionados en su cámara fotográfica, esto por haberse acreditado la violación a Derechos Humanos consistente en Ataque a la Propiedad Privada”. Asimismo, la Comisión señala que de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche en vigor, le solicitó que la respuesta sobre la aceptación de esta Recomendación nos sea informada dentro del término de conco días hábiles, contados a partir del día siguiente de su notificación (la cual fue realizada el día 18 de abril), haciendo de su conocimiento que este documento es integral en todas sus partes, cuya aceptación implica el cumplimiento de cada uno de sus puntos resolutivos y que, en su caso, las pruebas correspondientes a su cumplimiento, sean enviadas dentro de los 25 días hábiles siguientes a esta notificación. De la misma manera, se le recuerda que en caso que la Recomendación no sea aceptada o cumplida en su totalidad, se procederá conforme con lo dispuesto en los artículos 102, apartado B, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 54 fracción XIX ter. de la Constitución Política del Estado de Campeche y 45 Bis, fracción I y II de la Ley que rige a este Organismo, a solicitar al Congreso del Estado o en sus recesos, a la Diputación Permanente, la comparecencia de las autoridades o servidores públicos responsables para que justifiquen su negativa y la autoridad a la que se le hubiere dirigido la resolución, deberá fundar, motivar y hacer pública su negativa en el Periódico Oficial del Estado y en su sitio web.

Este es el texto completo de la recomendación emitida: http://codhecam.org/files/resoluciones/2016/1672015.pdf

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