LocalDiputadas proponen tipificar violencia política en Código Penal

Paginabierta06/12/2016

La propuesta fue presentada de manera conjunta por todas las legisladoras para proteger a las mujeres que ejercen cargos públicos.

Por Reyna Estela Reyes Melo

CAMPECHE, Cam. 6 de diciembre del 2016.- A nombre de las diputadas campechanas, en el punto de asuntos generales, María Asunción Caballero May presentó una propuesta conjunta con proyecto de decreto por el que se repone la denominación del Título Vigésimo Tercero para quedar como “Violencia Política contra las Mujeres”, y se repone el texto del artículo 363 del Código Penal del Estado de Campeche.

La legisladora subrayó que “la tipificación en nuestro Código Penal de la violencia política de género, conlleva la protección de las mujeres en el ejercicio de cargos públicos, resguardando lo más preciado que tiene todo ser humano y que es la familia, esa familia que sin duda vive momentos difíciles cuando una mujer es violentada políticamente”.

Más adelante, Caballero May señaló que “dar el siguiente paso tipificando esta modalidad de violencia como delito, nos colocará (a Campeche), junto con Oaxaca, en la delantera de la defensa de los derechos políticos de las mujeres”.

En entrevista para Páginabierta.mx, la diputada resaltó el esfuerzo en conjunto de las parlamentarias, para presentar esta iniciativa,  la cual de ser aprobada, Campeche seria el segundo estado en tipificar la violencia política en su Código Penal, recordando que el primer estado en tipificarlo fue Oaxaca.

Cabe mencionar que la violencia política se encuentra establecida dentro de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), que define la violencia contra las mujeres en su artículo 5º, fracción IV como: “Cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público”.

En este sentido, esta iniciativa pretende colocar la violencia política como un delito dentro del Código Penal Estatal, para sancional a cualquiera persona que violente el derecho de las mujeres a ejercer sus derechos a la participación política.

En el país, múltiples mujeres en la esfera política viven diariamente las expresiones de violencia y discriminación por motivos de género.

En México, no hay una conciencia social sobre los altos costos personales que las mujeres padecen cuando intentan ser candidatas a puestos de elección popular, o cuando desempeñan los cargos ejecutivos y/o de elección popular. El ambiente hostil es determinante para cerrarles el acceso a los espacios de toma de decisiones

Según datos de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), registró 141 casos de violencia política de género durante 2015 y 2016, por lo que urge legislar para evitar estas agresiones contra las mujeres, y regular los tipos penales a nivel estatal y federal.

 

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