DestacadosEcologíaNO al “fracking” en Coahuila, se pronuncia el TLA

admin09/10/2016

9fra1 El Tribunal Latinoamericano del Agua recomienda a los 3 niveles de gobierno mexicano que declare una moratoria de la utilización del método de fractura hidráulica para extraer hidrocarburos en la entidad federativa del norte. 8fra Por Ronny Aguilar CIUDAD DE MEXICO, 9 de octubre del 2016.- El Tribunal Latinoamericano del Agua (TLA) emitió una recomendación a los tres niveles del gobierno mexicano en el caso de “fracking” en Coahuila, y solicitó que se declare una moratoria de la utilización del método de fractura hidráulica para extraer hidrocarburos, señalando la falta de transparencia del gobierno federal. Durante la IX Audiencia Pública del TLA, uno de los casos que más llamo la atención fue el de la “Eventual Implementación de la técnica del “Fracking” y el Trasvase de agua en los ejidos de Palmira y Emiliano Zapata, Municipio de Jiménez, Coahuila”. En este acto jurídico ante el tribunal, los ejidos de Palmira y Emiliano Zapata, en el municipio de Jiménez, Coahuila, a través de su representante común, Deyanira Gómez Muñoz; la Central Campesina Cardenista, a través de sus representantes, Julio César Mendoza Vera y Francisco Picazo Hernández, demandaron al presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Enrique Peña Nieto; al Congreso de la Unión, a través del presidente de la Mesa Directiva, Edmundo Javier Bolaños Aguilar; la Comisión Nacional del Agua (Conagua), a través de su director general, Roberto Ramírez de la Parra; el gobernador constitucional del Estado de Coahuila, Rubén Moreira Valdez; el presidente municipal de Jiménez, Salvador Ricardo López Arizpe, y la Procuraduría Agraria, a través de su titular Cruz López Aguilar. Los quejosos expusieron que “los ejidos de Palmira y Emiliano Zapata se encuentran en el municipio de Jiménez, ubicado al norte de Coahuila y colindante con los Estados Unidos. La región es semidesértica, con precipitaciones promedio entre 300 y 400 milímetros anuales. La principal fuente de abastecimiento es el agua subterránea, aunque se cuenta con agua proveniente de las presas de San Miguel y Centenario para uso doméstico-urbano y agrícola”. Los últimos estudios revelan que debido al calentamiento global, estas lluvias irían disminuyendo, de tal modo que los periodos de sequía serán más prolongados e incrementará la mortandad de flora y fauna por la reducción de agua en cuerpos de agua superficiales, disminuirán los bosques, matorrales y pastizales por el aumento en la temperatura y habrá pérdida de humedad y deforestación por estrés hídrico. Según los demandantes, en la actualidad, el municipio de Jiménez presenta una severa crisis de abastecimiento de agua. Dieron a conocer que las principales actividades económicas de los ejidos de Palmira y Emiliano Zapata son la agricultura de riego y la ganadería, señalan que en el 2015, la Conagua declaró una veda en los pozos, que implicó una disminución en el suministro de agua, y por consiguiente, una reducción de la producción agrícola. Según el plan quinquenal de la Secretaria de Energía del gobierno mexicano, presentado en 2014 y amparado por la llamada “reforma energética”, que incluye la reforma de los artículos 25, 27 y 28 Constitucionales y su legislación secundaria correspondiente, en Coahuila se pretende perforar ocho mil pozos de producción de gas de esquisto/lutita durante los próximos 15 años, utilizando para ello el método de facturación hidráulica o “fracking”. Manifestaron que ello ha atraído a la región a varias empresas extranjeras dispuestas a invertir en la actividad y a realizar el cabildeo necesario con el gobierno mexicano, en sus tres niveles, para obtener las concesiones y permisos requeridos. “Por ejemplo, en un comunicado de prensa fechado el 15 de septiembre de 2015, la empresa canadiense Highmark Marketing Inc. anuncia la relación comercial que emprenderá con la empresa Lightning Industries Inc., que tendrá como objetivo la adquisición, comercialización y uso de los derechos de agua para la explotación de hidrocarburos en la región. En dicho comunicado, Highmark informa que Lightning cuenta los derechos para extraer 3.600.000 litros de agua por día en el municipio de Jiménez y está negociando los términos para una adquisición de 7.200.000 litros por día adicionales. La única forma posible de que la empresa haya podido acumular este volumen del líquido es a través de una autorización otorgada por la Conagua, estando el acuífero en veda”. “En un comunicado posterior, fechado el 6 de junio de 2016, Highmark Marketing anuncia la adquisición de Lightning Inc. El comunicado confirma que la compañía está involucrada en la venta de agua a la industria del petróleo y el gas en México, junto con su socio comercial, la empresa mexicana Tadham Servicios Energéticos y Petroleros S. DE R.L DE C.V. Sin embargo, en el Programa Especial de Agua del Estado de Coahuila, mencionado en el Punto 1 de este documento, no se hace ninguna mención al uso del agua para la explotación de hidrocarburos en todo el Estado”. Señalaron que se les dio a conocer que en particular en el municipio de Jiménez, no hay potencial para hidrocarburos no convencionales, no se ha concesionado ningún bloque, ni hay previsión de hacerlo en el futuro. Sin embargo, en la Ronda 0, se han otorgado concesiones para la explotación de hidrocarburos no convencionales a Pemex al sur de Piedras Negras, 45 kilómetros al sur del municipio de Jiménez. Declararon que “la información provista por las empresas y el gobierno mexicano es contradictoria y ejemplifica la manera poco transparente en que se otorgan y se distribuyen los permisos y las concesiones de agua y gas. En consecuencia, pesa sobre los ejidatarios una gran incertidumbre en cuanto a la decisión del gobierno federal de priorizar el uso de agua con fines de exploración o extracción de hidrocarburos. En tanto exista la posibilidad de daños desproporcionados en la vida de los ejidatarios asociados con dicha incertidumbre, la normativa internacional exige que se actúe con precaución y prevención, en protección de los derechos humanos de los habitantes”. Denunciaron que el “fracking” libera a la atmósfera grandes cantidades de gases de efecto invernadero como metano y etano de carbono, además de que utiliza enormes cantidades de agua (entre 10 y 22 millones de litros por pozo), sin posibilidades de recuperación o rehabilitación; y dado que el método incluye la perforación de miles de pozos en cada bloque explotado, se espera una disminución considerable en la disponibilidad del recurso hídrico para las actividades agrícolas y el consumo personal en zonas áridas y semiáridas. Abundaron que “el agua utilizada para el “fracking” recibe compuestos químicos con un alto potencial contaminante. La Sociedad Médica de Massachusetts ha señalado que más del 75 por ciento de los productos químicos utilizados durante las fases de perforación y fracturación de rocas para obtener el gas afectan gravemente la salud humana en caso de exposición”. Además, se tiene evidencia  de que si en el proceso de perforación, si el pozo no está bien cementado o entubado, los fluidos inyectados pueden filtrarse hacia el acuífero. Además, las fracturas o fallas naturales pre-existentes, junto con la permeabilidad inherente a la roca, permiten filtraciones y ascenso de los fluidos contaminantes hacia el acuífero. En base a 16 considerandos legales, tanto nacionales, como internacionales, el Tribunal Latinoamericano resolvió en primera instancia responsabilizar al gobierno federal mexicano por “la falta de transparencia en el manejo la información relacionada al “fracking”. Asimismo, solicitaron a los tres niveles del gobierno mexicano que con base en el principio precautorio, se declare moratoria de la utilización del método de fracturación hidráulica en los ejidos de Palmira y Emiliano Zapata, y la consecuente suspensión de los proyectos que estén en desarrollo, y a los funcionarios públicos, pidieron que garanticen pleno acceso a la información pública, especialmente en temas ambientales.

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