DestacadosPolíticaInsiste “Alito” y su Fiscalía en encarcelar a líder campesino

admin02/10/2015

1lid En una acción desproporcionada, como declara el abogado defensor, Pedro Celestino May Can fue enviado al penal de Kobén, a “prisión precautoria” de 4 meses, para convertirse en el primer preso político del sexenio. Por Ronny Aguilar CAMPECHE, Cam. 1 de octubre del 2015.- El espurio e ilegítimo Alejandro Moreno Cárdenas consumó su primera acción represiva, al mandar al líder campesino, Pedro Celestino May Can –quien había sido detenido ilegalmente por la Fiscalía General del Estado-, a “prisión precautoria” de cuatro meses en el Centro de Readaptación Social de San Francisco Kobén, para convertirse en el primer preso político del sexenio. A propuesta de la Fiscalía, encabezada por Juan Manuel Herrera Campos, quien fue acusado directamente por May Can de ordenar su aprehensión el miércoles 23 de septiembre, la juez de Control, Concepción Gutiérrez, dictó la “prisión precautoria” por cuatro meses al dirigente del Movimiento Campesino “Tierra y Libertad”. La tarde-noche de este jueves, se  llevó a cabo la audiencia de imputación por el delito de despojo, en el cual se vinculó a proceso a Pedro Celestino May y a sus hijos, porque considera la juez de Control de que sí hay elementos suficientes para tener acreditado el hecho delictivo consistente en despojo, y la probable participación de los acusados. Derivado de que se decreta la vinculación a proceso, el Ministerio Público solicitó que se le fijen medidas cautelares a los cuatro, en el caso de Natanael May, Abner May y la señora Jaqueline, que se presenten a firmar cada 15 días a la Unidad de Medidas Cautelares, que se abstengan de acercarse a los testigos y a los querellantes y que no se acerquen al lugar en conflicto. Mientras que en el caso específico de don Pedro Celestino, siendo que están imputados por los mismos hechos, el Ministerio Público pidió la prisión preventiva, ya que dijo que teme su fuga, además de que presentó resistencia y oposición a la autoridad y que hay la posibilidad de que agreda a los testigos y a los demandantes, por lo que la juez determinó que si le crea convicción el argumento del fiscal y decreta la prisión preventiva por cuatro meses, con lo que según la juez, no se obstaculizará el proceso. El abogado de May Can, Edwin Trejo Gutiérrez, informó que “ya fue trasladado don Pedro al Cereso de San Francisco Kobén”, y opinó que “es muy desafortunado lo que determinó la juez y que por supuesto, vamos a combatir por las cauces legales”. “Es muy importante resaltar que no le importó a la juez que no estuviera delimitado el predio, como el mismo querellante lo manifiesta, ni la propia Fiscalía, ni agentes de la Policía Estatal, pudieron detener a alguien, porque no tenían certeza del  propietario, porque no estaba delimitado”, expresó. “Tanto es así, que la Fiscalía, desde el mes de mayo hasta el mes de septiembre, llama un perito de Infocam para que con un estudio preciso, con tecnología GPS, determinara si coincidía la fracción de terreno de las escrituras, con el terreno, luego entonces argumentamos a la juez  que para que se diera el delito de despojo que se estaba imputando a don Pedro, era necesario que él, antes de cometer el hecho, tuviera el conocimiento material que ese era una terreno propiedad privada, hecho que no podía haberse dado, porque son cerros y solo había un camino de acceso por los usuarios del terreno, o sea, que no había dolo y eso es una excluyente de responsabilidad, no se da el hecho delictivo y no se puede fincar responsabilidad”, explicó. Manifestó  que aún así, sólo por el hecho de que no se exhibía un título de propiedad, se cometía el delito, según la juez, por lo que determinó encarcelarlo. Esto atiende más a una cuestión política: Abogado El litigante aseguró que esto atiende más a una cuestión política, pues es claro que quieren, de cualquier manera, tener prisionero a May Can. “A todas luces, es evidente que es un hecho político, se detiene primeramente a don Pedro ilegalmente, luego es al único que se le pide prisión preventiva, cuando los hechos se basaron en que cuatro personas presentaron la misma conducta, causa extrañeza que solo a él se le pide prisión preventiva y no como la lógica indica, es evidente que la consigna es tener privado de la libertad de cualquier manera a don Pedro y por supuesto que este momento procesal lo avala un juez, aunque esta resolución no es la definitiva”, indicó. Dijo que la determinación de la juez será  impugnada por los medios legales pertinentes, con la finalidad de demostrar que es una medida desproporcionada y la no idónea para continuar con la investigación, ya que existe la presunción de inocencia y la prisión preventiva debe ser el último recurso del Estado para garantizar la persecución de los hechos y se llegue a la verdad de los hechos, en este caso no es así. “Es lamentable que la juez haga suyos los argumentos erróneos de la Fiscalía y solo nos queda apelar o buscar la justicia federal, mediante un amparo indirecto, si apelamos la prisión preventiva podría ser en un término más breve que ir a un amparo y como consideramos que esta medidas es notoriamente desproporcionada y no adecuada, consideramos que la sala penal decrete, a la brevedad posible, la libertad de don Pedro y por última instancia, el amparo”, puntualizó.

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