En vísperas del inicio de la temporada de captura del pulpo en costas de la Península de Yucatán, la dependencia federal publica en el Diario Oficial de la Federación un proyecto de modificación de la norma oficial mexicana NOM-008-PESC-1999 y anuncia el inicio de una consulta pública durante los próximos 60 días. Por Daniel Sánchez CAMPECHE, Cam. 31 de julio del 2015.- En vísperas del inicio de la temporada de captura de pulpo en la Península de Yucatán, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca), inició la consulta pública del proyecto de modificación de la norma oficial mexicana NOM-008-PESC-1993, en el que establecen nuevas regulaciones para el aprovechamiento de las especies de pulpo en aguas nacionales del Golfo de México y el Mar Caribe. Entre las nuevas disposiciones, destaca la entrega a las autoridades pesqueras de una “bitácora de pesca”, además del aviso de arribo, en la que se registrarán las circunstancias de la pesca y serán entregadas a la Subdelegación de Pesca u oficinas de Pesca, en un plazo no mayor de cinco días después del fin de cada mes. En el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 29 de julio, se precisa que las especies objeto de la presente Norma son: a) Pulpo rojo (Octopus maya) y b) Pulpo patón (Octopus vulgaris). “Se establecen las siguientes tallas mínimas de captura para el aprovechamiento de pulpo: a) En el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano: 110 milímetros de longitud del manto para los machos y 140 milímetros de longitud del manto para las hembras de pulpo patón (Octopus vulgaris), y b) Para el resto del Golfo de México, 110 milímetros de longitud del manto para las especies de pulpo rojo (Octopus maya) y pulpo patón (Octopus vulgaris)”, agrega. Manifiesta que los equipos y métodos de pesca autorizados son: “a) Una embarcación menor equipada con un motor fuera de borda con una potencia nominal máxima de hasta 85.76 kilovatios (equivalentes a 115 caballos de fuerza), con un máximo de dos alijos y cuatro pescadores. Captura al “gareteo” con dos varas con hasta siete líneas cada una y hasta cinco líneas más en un costado de la embarcación”. “b) Una embarcación mayor con hasta 12 alijos y 12 pescadores (un alijo por pescador a bordo), en cada alijo, un par de varas (“jimbas”) y cinco líneas pulperas (dos por vara y una al costado del alijo), y c) En el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV), la pesca deberá realizarse mediante buceo por apnea a profundidades menores a tres metros, pudiendo auxiliarse de un bastón pulpero para la captura. Para la pesca en esta zona deberá observarse lo dispuesto en el Decreto de creación del PNSAV”, abunda. También especifica que “los permisionarios y/o concesionarios de pesca comercial de pulpo, quedan obligados a: 4.4.1 Registrar las circunstancias de la pesca en el formato de bitácora que se publica como Anexo de la presente Norma y entregarlo mensualmente a las Subdelegaciones de Pesca u Oficinas de Pesca en un plazo no mayor de 5 días después de cada mes calendario. No es obligatorio llevar las bitácoras de pesca a bordo de las embarcaciones menores”. “4.4.2 Entregar el Aviso de arribo correspondiente debidamente llenado, a la Subdelegación de Pesca u Oficina Federal de Pesca dentro de las 72 horas siguientes al término de cada viaje, y 4.4.3 Admitir a bordo, antes o al final de cada viaje de pesca, al personal verificador aprobado y acreditado que designe la Secretaría y facilitarle la información que sea requerida respecto a las operaciones, equipos y artes de pesca, capturas, volúmenes y especies”, apunta. Las prohibiciones de la Sagarpa En el proyecto, la Sagarpa determina que queda estrictamente prohibido: Utilizar como carnada al cangrejo moro (Menippe mercenaria), el empleo de carnada proveniente de organismos terrestres, el empleo de cualquier tipo de explosivos o de sustancias tóxicas, utilizar artes o métodos de pesca no autorizados y el incumplimiento o falseo de la información. Advierte que contravenir a lo dispuesto en la presente Norma, dará lugar a las sanciones previstas en la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y otros ordenamientos aplicables, y finalmente menciona que la Secretaría (Sagarpa), con base en las investigaciones y programas que se realicen con el objeto de inducir al óptimo aprovechamiento de las especies de pulpo (Octopus maya y Octopus vulgaris), notificará mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, acerca de nuevos equipos, métodos, sistemas o artes de pesca así como de zonas de pesca, zonas de refugio pesquero, cuotas de captura, zonas y periodos de veda, tecnologías para reforzar la verificación del cumplimiento o porcentajes de incidentalidad que se autoricen y de la actualización de especificaciones de los equipos o artes de pesca autorizados en esta Norma Oficial Mexicana así como sobre programas de repoblamiento y otras medidas de manejo pesquero. En un comunicado aparte, la Conapesca revela que “dicho Proyecto de Modificación fue aprobado en la Tercera Sesión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria, efectuada el 25 de junio de 2015, y que se somete a consulta pública de conformidad con la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, los interesados presenten comentarios al citado Comité en la Dirección General de Ordenamiento Pesquero y Acuícola de la Conapesca. “La Sagarpa, a través de Conapesca, efectuó una revisión de la problemática del aprovechamiento de la pesquería de pulpo en las aguas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe y propuso una serie de ajustes a las medidas de regulación pesquera consideradas en la NOM 008-PESC-1993, teniendo en consideración estudios y opiniones técnicas elaboradas por el Inapesca a través de la Dirección General Adjunta de Investigación Pesquera en el Atlántico, así como de otros especialistas en el tema, avaladas por dicho Instituto”, añade. “Las propuestas de ajustes antes mencionadas fueron analizadas por el Grupo de Trabajo Técnico de la pesquería de pulpo, por el Subcomité de Pesca Responsable y aprobadas por los miembros del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria”, puntualiza.