DestacadosGeneralNo hay respeto a derechos de homosexuales en Campeche

admin23/11/2014

22tri22tri1

Es necesario que se adecuen los artículos del Código Civil del Estado de Campeche en relación al matrimonio y se atiendan los tratados internacionales y constitucionales, para que se pueda proceder al respeto y al reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo. No se respetan en el Estado los derechos de las personas homosexuales, a pesar de la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 158 del Código Civil, en relación al matrimonio, ya que el Congreso del Estado aún no hace las modificaciones a nuestra legislación, para el respeto de la Constitución federal, en una clara omisión de sus deberes Por Ronny Aguilar CAMPECHE, Cam. 22 de noviembre.- Es necesario que se adecuen los artículos del Código Civil del Estado de Campeche en relación al matrimonio y se atiendan los tratados internacionales y constitucionales, para que se pueda proceder al respeto y al reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo. No se respetan en el Estado los derechos de las personas homosexuales, a pesar de la declaratoria de inconstitucionalidad del artículo 158 del Código Civil, en relación al matrimonio, ya que el Congreso del Estado aún no hace las modificaciones a nuestra legislación, para el respeto de la Constitución federal, en una clara omisión de sus deberes. El año pasado, se cacareó mucho la Ley de Convivencia del Estado, aprobada por el Poder Legislativo estatal, la cual en muy poco avanza realmente en el respeto de los derechos de todas y todos a vivir en enlace matrimonial, sin embargo, se interpuso un amparo por un par de mujeres, lo que culminó con una declaración de inconstitucionalidad de algunos artículos de nuestra legislación, en específico del 158 y por ende, en agosto pasado, fue posible la consolidación de primer matrimonio entre personas del mismo sexo. Muchos ciudadanos hacen mofa de esto, argumentado en relación a la comunidad homosexual que “ya hasta se pueden casar”, sin embargo, esto no es así, o no del todo, puesto que se necesitará nuevamente por los solicitantes de esta acción legal un proceso de amparo. En este sentido, el miércoles pasado, se llevó a cabo en la Casa de la Cultura Jurídica una conferencia titulada: “El matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción de menores”. En dicha conferencia, dirigida a los profesionales del derecho, se plantearon diversos aspectos del matrimonio homosexual, en donde de manera amplia, se tomó en cuenta el precepto del matrimonio desde diversos ángulos y posturas, tomando en cuenta desde la cuestión religiosa, hasta la de los derechos humanos, mismas que distan enormemente una de otra. El tema fue expuesto por Alan Domínguez Pulido, secretario del Tribunal Colegiado de Distrito Federal, que es pionero en la legislación para el matrimonio entre personas del mismo sexo, y planteó entre lo amplio de su ponencia, los términos de la Ley de Convivencia que hay en el Estado. No se encuentra el por qué de una legislación especial para las personas que tienen relaciones homosexuales y no comprenderlos en una relación social y en un nuevo concepto de familia, por efecto que la propia Constitución no establece definiciones de sexo y bajo ese criterio, la legislación local no los debe de establecer, indicó. Precisamente, en el Estado de Campeche, aún nuestro Código Civil sigue disponiendo que cualquier condición en contra de la perpetuación de la especie, se tendrá como no apto para el matrimonio, por lo tanto, cualquier otra relación no heterosexual puede ser comprendida en el concepto de matrimonio. En el Estado, las mujeres que lograron el matrimonio, cuestionaron el artículo 158 del Código Civil del Estado, el cual cita que cualquiera condición contraria a la perpetuación de la especie o a la ayuda mutua que se deben los cónyuges, se tendrá por no puesta. Esto contradice a la luz del artículo cuarto constitucional y es con base en los argumentos que ya expuso la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la acción de inconstitucionalidad 2 de 2010. En ellos que se reconoce el matrimonio en el Registro Civil y además de todos los derechos como matrimonio a cualquier persona, en este sentido, cabe decir que ya diversos estados del país, con motivo de las demandas de amparo por personas que desean contraer matrimonio, han reformado o están en proceso de reformar sus respectivas legislaciones, caso contario a lo que está sucediendo en el Estado. En los casos de Oaxaca y Yucatán, al igual que en Campeche, se declararon inconstitucionales los artículos que regulan los matrimonios y en el caso de Quinta Roo, donde también se solicitó un amparo, no hubo la necesidad de la declaración, pues por la forma en que está redactado el Código Civil de aquella entidad, no se refiere al matrimonio como la unión de un hombre y una mujer, sino solo se dice que es entre personas, en este caso, como no hay una prohibición expresa, es permitida la unión entre personas del mismo sexo, mientras que por control constitucional, se lograron dar los matrimonios en Oaxaca, Campeche y Yucatán. Asimismo, los Estados del país que por legislación permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo, se encuentra el Distrito Federal y los Estados de Baja California, Coahuila y Quintana Roo, respetando los estándares de respeto a los derechos humanos, suprimiendo de su texto jurídico la definición de matrimonio como la relación entre un hombre y una mujer. En entrevista breve, a la finalización de la conferencia, Alan Domínguez manifestó que “a través de los criterios que se han definido en la Suprema Corte, no hay cuestión constitucional alguna que impida formar una legislación en cada Estado, para reconocer este tipo de relaciones homosexuales, realmente es que las legislaturas de los Estados no han querido reconocer esto”. Asimismo, se le cuestionó sobre que se están violentando los derechos por omisión de parte de los legisladores, al no tomar en cuenta la Constitución, para el ordenamiento adecuado de la legislación estatal, a lo que dijo que no podía asegurar lo anterior, puesto que no se conocen las causas por las cuales el Congreso local no ha realizado las modificaciones al Código Civil. “No podríamos afirmarlo en ese sentido, pues no conocemos las causas por las cuales no se han interesado en modificar la legislación para adecuarla al parámetro constitucional ya establecido por la Suprema Corte y por tribunales internacionales”, indicó. “Hay el primer caso de matrimonio a través del amparo en Campeche y eso determina que ya las autoridades legislativas se vean impulsadas a obedecer ese cambio, a dar cuenta de ese cambio, a través de este tipo de actos judiciales”, agregó. Se le informó de las acciones y reuniones de diversas asociaciones civiles del Estado, así como de los representes de la comunidad Lésbico Gay Bisexual y Travesti (LGBT) y Travesti, Transexual y Transgénero (TTT) y los diputados locales, que presentaron al Congreso una iniciativa bien fundamenta para llevar a cabo esta modificación, misma que el Congreso y para ser más específicos, la bancada priísta la ha echado en saco roto, pues hasta el día de hoy, no se ha dado ni siquiera lectura a dicho planteamiento. “En ese sentido, las organizaciones deben hacer efectivos sus derechos, cuando no están siendo representados por sus representantes en las distintas cámaras legislativas, tienen los medios para hacerlo, deben solicitar a sus representantes populares que ellos presenten la iniciativa y los distintos medios de impugnación legislativo que pudieran hacer valer los representantes populares, en relación con las reservas de las iniciativas que no han sido presentadas”, abundó. Para concluir, hay que señalar que se han realizado en diversas ocasiones y aun así, los legisladores, por cuestiones de “costos políticos”, no han querido realizar estas modificaciones al Código Civil del Estado, lo cual es discriminatorio y nos pone lejos de tener un respeto a los derechos de las y los campechanos, atendiendo más a las cuestiones moralistas y de religión, que coartan la identidad y frenan el desarrollo cultural del Estado, poniendo barreras que el derecho no tiene y que los grupos de poder se encargan de construir.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

Síguenos