DestacadosLocalNacionalPolíticaExhibe ASCM anomalías de Layda por 37 MDP en Álvaro Obregón durante 2019

Paginabierta21/04/2021

Por: Redacción

CAMPECHE, Cam., a 21 de Abril de 2021.- La candidata al gobierno del estado de Campeche por el partido Morena, Layda Sansores San Román, recibió observaciones por la firma de contratos por más de 37 millones de pesos mientras se desempeñó como alcaldesa de la Álvaro Obregón, esto de acuerdo con la revisión hecha por la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) a la Cuenta Pública 2019.

Durante la revisión de la Cuenta Pública, la ASCM evidenció irregularidades en la alcaldía Álvaro Obregón, mientras estaba en funciones de alcaldesa Layda Sansores San Román, siendo una de las más importantes la firma de contratos por 37 millones de pesos, sin “autorización de la alcaldesa”, mediante un proceso de adjudicación de los contratos números CAPS/19-09/002 y CAPS/19-11/035-2 de fechas 9 de septiembre y 15 de noviembre, respectivamente, ambos de 2019, con vigencia a partir de su firma hasta el 31 de diciembre de 2019, por un monto de 37 millones 700 mil pesos (IVA incluido), con el proveedor y prestador de servicios Non Perishers Comercializadora, S. de R.L. de C.V., por la adquisición de 5 mil 658 calentadores de agua solar con tanque de capacidad 100, 130, 150 y 180 litros y estructura de acero inoxidable, y con Grupo EFEM S.A. de C.V., por el servicio de rehabilitación y mantenimiento a nueve unidades habitacionales.

Referente al contrato CAPS/19-09/002, que fue mediante adjudicación directa a la empresa Non Perishers Comercializadora, S. de R.L. de C.V., el 5 de septiembre se dispuso de la suficiencia presupuestal un monto de 31 millones 202 mil pesos, con cargo a la partida 4412 “Ayuda Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” para llevar a cabo la adquisición de los bienes solicitados, firmada por el Jefe de Unidad Departamental de Gestión Presupuestal, quien dio su visto bueno. Esto fue aprobado al día siguiente en la Segunda Sesión Extraordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Alcaldía de Álvaro Obregón.

Sin embargo, la ASCM señaló que “del análisis a la información proporcionada, se determinó que no fue suficiente para desvirtuar dicha observación, debido a que el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal establece que deberá obtenerse previamente la autorización del titular de la alcaldía cuando sea un procedimiento distinto a la licitación pública, por lo que dicha observación no se modifica”.

“Por no acreditar la autorización de la adjudicación directa para la adquisición de calentadores solares y sobrepasar los montos de actuación de la adjudicación directa, la Alcaldía Álvaro Obregón incumplió el artículo 54, 1o. y 2o. párrafos y 55, 1o. y último párrafo de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019”, abundó.

En cuanto al contrato CAPS/19-11/035-2, se dispuso de la suficiencia presupuestal del 13 de noviembre de 2019, un monto de 6 millones 498 mil pesos, con cargo a la partida 4412 “Ayuda Sociales a Personas u Hogares de Escasos Recursos” para llevar a cabo la rehabilitación y mantenimiento en las unidades habitacionales, firmada por el Jefe de Unidad Departamental de Gestión Presupuestal quien dio su visto bueno, con lo que se comprobó que se autorizó antes de la contratación de los servicios, y fue aprobado en la Novena Sesión Extraordinaria del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Alcaldía de Álvaro Obregón, celebrada el 15 de
noviembre de 2019.

No obstante, la Auditoría de la Ciudad de México señaló que “del análisis a la información proporcionada, se determinó que no fue suficiente para desvirtuar la observación, debido a que el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal establece que deberá obtenerse previamente la autorización del titular de la alcaldía cuando sea un procedimiento distinto a la licitación pública, por lo que debe ser por escrito, para que la alcaldía tenga la evidencia de la autorización expresa de la titular, por lo que la observación no se modifica”.

“Por no acreditar la autorización de la adjudicación directa para la adquisición de material de construcción, la Alcaldía Álvaro Obregón incumplió los artículos 54, 1o. y 2o. párrafos y 55, primer y último párrafos, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2019”.

Es decir, según la investigación del órgano fiscalizador, que se puede identificar con el folio ASCM/48/19, el entonces director de Administración de la demarcación y actual alcalde ante la licencia de Layda Sansores, Alberto Esteva, no cumplió con los procedimientos legales y otorgó diversos contratos a las empresas Non Perishers y Grupo EFEM.

De acuerdo con las observaciones de la ASCM, era necesaria la autorización expresa de la alcaldesa para concretar las adjudicaciones directas en favor de las compañías comercializadoras.

La ASCM recomendó a la alcaldía mejorar sus mecanismos de control y supervisión en los procesos de contratación.

A pesar que el Gobierno local justificó la anomalía afirmando que no era necesario el consentimiento expreso de la alcaldesa, el órgano fiscalizador mantuvo la observación por la irregularidad. Lo que quiere decir que la anomalía cometida quedó firme aunque las autoridades de Álvaro Obregón quisieron excusarla.

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