NacionalFalla PGR en persecución de delitos financieros de los grupos criminales

Paginabierta05/07/2017

Sólo 3 casos fueron sentenciados en el año 2016, por lo que la Auditoría Superior de la Federación señala que persiste la “amenaza alta” y que no se ha podido mermar la capacidad financiera de las organizaciones delictivas, principalmente por la impunidad y la vulnerabilidad del sistema financiero.

Por Daniel Sánchez

CIUDAD DE MEXICO, 5 de julio del 2017.- Los delitos financieros en México representan una “amenaza alta”, que no ha podido perseguir de manera eficiente la Procuraduría General de la República (PGR), para mermar la capacidad financiera de las organizaciones delictivas, principalmente por la impunidad predominante y la vulnerabilidad del sistema financiero mexicano.

En una revisión efectuada a la persecución de los ilícitos financieros, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) detectó que “en 2016, la PGR no avanzó en el fortalecimiento de la persecución de los delitos de carácter financiero, ya que mientras en 2013, de cada 100 averiguaciones previas consignadas ante los órganos jurisdiccionales, se sentenciaban 22, para 2016, esta cifra fue de tres casos”.

“Aunado a ello, los expedientes devueltos por el juez se incrementaron de 17 en 2013 a 57 en 2016 por cada 100 casos, por lo que de mantenerse este comportamiento no se estaría en posibilidades de que la acción realizada por el Ministerio Público de la Federación contribuya en reducir la impunidad de los delitos financieros y, con ello, en mejorar las condiciones de seguridad pública, evitando que sea vulnerado el sistema financiero mexicano, en favor de la población en general”, puntualizó.

En opinión de la ASF, “la investigación y persecución de los delitos en materia financiera fueron insuficientes para reducir la impunidad de esos delitos, ya que de las dos mil 26 averiguaciones en materia de delitos financieros que el MPF recibió durante 2016, despachó el 21.9 por ciento (444), de las que el 22.1 por ciento (98) fue consignado ante la autoridad judicial, y de éstas, el 3.1 por ciento (3) obtuvo una sentencia judicial”.

“Por el contrario, el 58.2 por ciento (57) de las consignadas fueron devueltas por el juez, aspecto que denota que la PGR debe analizar las causas por las que el índice de averiguaciones devueltas por el Juez superó la mitad de las consignadas”, expresó.

La auditoría de desempeño, realizada por el organismo fiscalizador federal, tuvo el objetivo de “fiscalizar el cumplimiento de los objetivos y metas para la procuración de justicia de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, de falsificación o alteración de moneda y financieros”.

“La revisión a la entidad corresponde al ejercicio fiscal 2016, y como periodo de referencia se analizó de 2013 a 2015. Los alcances de la auditoría fueron determinados por el contenido temático de la revisión, en los que se analizaron los aspectos de combate de los delitos financieros, persecución de los delitos financieros, investigación e inteligencia para la persecución de los delitos financieros, profesionalización, y los mecanismos transversales de control interno, Sistema de Evaluación de Desempeño y la rendición de cuentas”, agregó.

Antecedentes

Como antecedentes, la ASF citó que en 1989, ante la necesidad de establecer normas y promover la aplicación efectiva de medidas legales, reglamentarias y operativas para combatir el lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo, la proliferación de armas de destrucción masiva y otras amenazas relacionadas con la integridad del sistema financiero internacional, se creó, en el marco de la cumbre del G-7, 13/ el Grupo de Acción Financiera (GAFI por sus siglas en francés), el cual es un organismo intergubernamental encargado de emitir estándares para la efectiva implementación de medidas regulatorias y legales para el combate al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

“Ante el incremento en la capacidad financiera y armamental de la delincuencia organizada, el Estado mexicano reconoció su imposibilidad de hacerle frente, por lo que en 1994 se reformó el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con objeto de establecer la obligación del Estado de velar por la seguridad pública”, abundó.

“En atención al mandato establecido en la Constitución, en 1995, se expidió la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública en la que se definió a la seguridad pública como la “función a cargo del Estado que tiene como fines salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos” y se estableció que “el Estado combatirá las causas que generan la comisión de delitos y conductas antisociales”, añadió.

“Debido al incremento de actos delictivos en la modalidad de encubrimiento y favorecimiento, que consideran actos en los cuales “maliciosamente se adquieren objetos cuya procedencia es delictuosa” y con el fin de adaptar los mecanismos punitivos en torno a las nuevas formas de delinquir y así contar con herramientas administrativas y financieras modernas, en 1996, el artículo 115 Bis del Código Fiscal Federal fue derogado y el delito de lavado de activos fue introducido en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal (CPF), como el delito de las “Operaciones con Recursos provenientes de Orígenes Ilegales”, pasando así de una falta fiscal a un delito penal, por lo que también se incrementaron las penalizaciones por la comisión de dicho ilícito”, mencionó.

Manifestó que en el año 2000, el Estado reconoció la vulnerabilidad de la economía mexicana frente al lavado de dinero, producto del tráfico y producción de narcóticos, dada su vecindad con los Estados Unidos que es el mayor mercado de consumo de narcóticos en el mundo; por lo que se adhirió a las políticas del GAFI, 11 años después de la conformación de dicho grupo. Asimismo, reconoció que el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva fungen como elementos generadores de distorsiones en el funcionamiento de la economía y, por ende, se requirió instrumentar una respuesta integral y coordinada de los gobiernos y los agentes económicos hacia la prevención, el control y la represión de los delitos financieros.

Dado que el Estado mexicano requirió de mayores elementos para el combate a la delincuencia organizada, en 2002, se expidió la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (PGR), derogando la de 1996, y en 2003, se publicó su reglamento, creándose la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), cuya función principal consistió en la persecución de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, con lo cual se dotó de elementos a la PGR para garantizar una procuración de justicia pronta y expedita, así como combatir el tráfico ilícito de drogas conforme al PND 2001-2006.

En el PND 2007-2012, se reconoció que los recursos producto del narcotráfico dan a las bandas criminales un poder enorme para la adquisición de distintas formas de transporte, armas de alto poder y sistemas avanzados de comunicación, así como equipamiento que con gran frecuencia supera al de los cuerpos policíacos encargados de prevenir y combatir los delitos, para lo cual se implementó la estrategia 8.4 “Desarticulación de cadenas delictivas mediante la destrucción de los nodos de creación de valor” la cual puntualiza la necesidad de desarticular a las organizaciones criminales, atendiendo a la naturaleza económica de sus actividades mediante la destrucción de los elementos que les permiten generar riquezas ilícitas y afianzarse en el territorio mexicano.

Como resultado de lo anterior, en 2007 se clasificó la penalización de las actividades financieras hacia terroristas y el terrorismo internacional como delitos graves y en 2008 se reformó la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, que generó modificaciones en su estructura básica, así como en sus funciones, destacando las del CENAPI, al cual se le estableció la atribución de implementar mecanismos de integración, análisis y explotación de la información que permitan instrumentar estrategias que coadyuven al Ministerio Público para la persecución y combate de ilícitos; así como conducir el intercambio de información sobre la situación de las conductas delictivas en el ámbito nacional e internacional, con corporaciones y dependencias nacionales y extranjeras, a fin de desarticular al crimen organizado.

En ese año, se publicó el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, en el marco de la Vigésima Tercera Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Pública, en el cual se reconoce que “la sociedad mexicana se encuentra profundamente agraviada por la impunidad, la corrupción, la falta de coordinación entre las autoridades, así como por un ambiente de inseguridad y violencia. El Estado y la sociedad enfrentan una situación crítica por el embate del crimen organizado, que es un fenómeno complejo, compuesto por un entramado de intereses y complicidades que trasciende fronteras”.

México, en situación de riesgo

Con base en lo anterior, se observó que “el país se encuentra en situación de riesgo, debido a su posición geográfica y la porosidad de sus fronteras, lo que la convierte en un área vulnerable para el tráfico de narcóticos y de recursos de procedencia ilícita; y “se identificaron deficiencias en las capacidades institucionales para prevenir y detectar operaciones con recursos de procedencia ilícita, y aquellos casos en los que se denuncia y persigue el delito, no se castiga a los responsables, lo que denota altos índices de impunidad”.

“En la Primera Evaluación Nacional de Riesgos de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo en México 2016, elaborado por la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Procuraduría General de la República, el Banco de México y el Poder Judicial de la Federación, se identificó que la alteración de la moneda y su introducción en el sistema financiero ocasionó que las organizaciones delictivas crecieran y se consolidaran, representando un riesgo no sólo para el sistema financiero sino para la seguridad pública; aunado a ello, aun cuando no presenta una cifra exacta sobre el dinero ilícito que ingresa al sistema financiero mexicano, las autoridades federales consideran que significa una amenaza alta; lo que, aunado a la percepción de impunidad, representa un espacio en el que la delincuencia se fortalece, por lo que el combate frontal de las instancias de seguridad pública no ha logrado mermar la capacidad financiera de las organizaciones delictivas”, indicó.

“Con fundamento en lo anterior, se identificó que el problema en materia de delitos financieros consiste en la vulnerabilidad del sistema financiero y la impunidad de los delitos financieros”, apuntó.

Los resultados de la auditoría mostraron que, en 2016, de las 116 mil 589 averiguaciones previas que el Ministerio Público Federal recibió para trámite, el 1.7 por ciento (dos mil 26) correspondió a averiguaciones en materia de delitos financieros, respecto de las cuales se despachó el 21.9 por ciento (444), quedando pendiente el 78.1 por ciento (mil 585) restante.

En proporción, las unidades encargadas de las averiguaciones previas en materia de delitos financieros despacharon menor cantidad respecto del total registrado en PGR, al despachar el 21.9 por ciento (444) de las dos mil 26 averiguaciones que recibieron; en contraste con el 63.7 por ciento (74 mil 310) de averiguaciones previas despachadas, respecto de las 116 mil 589 que recibió PGR.

De las 444 averiguaciones previas despachadas en materia de delitos financieros durante 2016, el 22.1 por ciento (98) fue consignado ante la autoridad judicial, mientras que el 77.6 por ciento (346) no continuó con el proceso penal, debido a que el MPF determinó acumular el 37 por ciento (128), mandar a reserva el 24.8 por ciento (86) por no encontrar elementos para consignar y continuar con las investigaciones, el 24.3 por ciento (78) por incompetencia, en el 10.7 por ciento (37) determinó el no ejercicio de la acción penal y el 3.2 por ciento (11) por incompetencia interna.

De 2013 a 2016, se verificó que el comportamiento de las averiguaciones previas consignadas es contradictorio: Mientras que las averiguaciones previas de la PGR en general decrecieron en 67.9 por ciento, las averiguaciones en materia de delitos financieros registraron un incremento en sus consignaciones del orden de 10.1 por ciento, aspecto que denota un esfuerzo por parte de los AMPF que integran los asuntos en materia de delitos financieros por darles trámite hasta su consignación.

Por lo que respecta a las sentencias otorgadas por los órganos jurisdiccionales, como resultado de los juicios seguidos por delitos en materia financiera, de las 98 averiguaciones previas consignadas, el 3.1 por ciento (3) fue sentenciado, el 36.7 por ciento (36) se registró como pendiente de sentencia; el 2.0 por ciento (2) se encontró en proceso de impugnación; y el 58.2 por ciento (57) fue devuelto por el juez, sin que se acreditara que no se debió a problemas en su integración.

 

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